Antigüedad
Concilios XII y XVII
681-694·Tolède
El balance se reproduce tal como lo escribe la fuente: nunca redondeado, nunca sumado a otro. Los balances se solapan de un suceso a otro.
culto judío prohibido, niños arrebatados a los siete años para ser educados como cristianos, bienes confiscados y comunidad declarada esclava
El reino visigodo de España consumó en una veintena de años lo que sus concilios preparaban desde Sisebut. El duodécimo concilio de Toledo, reunido bajo Ervigio, confirmó un cuerpo de leyes que prohibía la observancia del sábado, las fiestas, las prohibiciones alimentarias y la circuncisión, y obligaba a los Judíos a presentarse ante el obispo los días de fiesta cristiana.
El decimoséptimo, celebrado bajo Égica, fue más lejos: acusando a los Judíos de haber conspirado con sus correligionarios de ultramar contra el reino, ordenó la confiscación de sus bienes, la reducción a servidumbre de todos los del reino a excepción de los de Septimania, su dispersión entre amos cristianos, y la sustracción de su descendencia desde los siete años para ser criada en la fe cristiana.
Estos cánones son los más severos que el Occidente cristiano produjo antes del fin de la Edad Media. Es imposible saber hasta qué punto fueron aplicados: la conquista árabe sobrevino poco después, y una parte de la historiografía ha visto en esta legislación una de las razones por las que las comunidades judías acogieron a los nuevos amos sin hostilidad.
- Período :
- Antigüedad
- Naturaleza :
- Persecución
- Región :
- Europa occidental
- País :
- Espagne
Canons des douzième et dix-septième conciles de Tolède ; Lex Visigothorum.