La Shoah (1939–1945)
Estatuto de los Judíos de Vichy
3 oct. 1940·France
El balance se reproduce tal como lo escribe la fuente: nunca redondeado, nunca sumado a otro. Los balances se solapan de un suceso a otro.
El primer estatuto excluye a los judíos de la función pública, la enseñanza, la prensa y el cine; la ley del 4 de octubre autoriza el internamiento de judíos extranjeros.
El estatuto de los judíos del 3 de octubre de 1940, adoptado por Vichy sin ninguna exigencia alemana, define quién es judío por la descendencia y excluye a los afectados de la función pública, la enseñanza, la magistratura, el ejército, la prensa, la radio y el cine. La ley del 4 de octubre autoriza a los prefectos a internar en campos a los judíos extranjeros, o a someterlos a arresto domiciliario.
En pocas semanas, funcionarios, profesores, oficiales y periodistas dejan de existir administrativamente; extranjeros refugiados en Francia para huir del Reich son encerrados en Gurs, en Rivesaltes, en Les Milles. El estatuto será agravado al año siguiente y proporcionará, junto con el fichero que permite constituir, el instrumento de las redadas.
- Período :
- La Shoah (1939–1945)
- Naturaleza :
- Shoah
- Región :
- Europa occidental
- País :
- France
Journal officiel de l'État français ; archives du Commissariat général aux questions juives.